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RESEÑA HISTÓRICA

 

El diseño de políticas públicas orientadas a niños, niñas y adolescentes en el Estado Trujillo no tienen fehacientemente antecedentes en cuanto a que sea la acción pública quien haya iniciado la atención a la infancia; al respecto tienen mayor influencia los antecedentes que aseguran que dichas acciones vienen más de las iniciativas particulares altruistas.

Sin embargo, se tiene conocimiento de la apertura del Jardín de Infancia Valera y la División de Servicio Social en el año 1948, ambos bajo la iniciativa del Dr. José Gil Manrique, Secretario Seccional del Consejo Venezolano del Niño para esa época. El primero de estos centros fue conducido por la Sra. Josefa Orellana de González y luego la señorita Luisana León, período cuando cambia de denominación de "Jardín" a "Unidad Valera" por su doble condición de Casa Cuna y Jardín de Infancia. Por otro lado, la División de Servicio Social impulsa un espacio denominado Receptoría para la atención de las múltiples necesidades presentadas por las familias, además de ser la responsable de todo lo relacionado con el proceso de Colocaciones Familiares y Adopción.

En 1946 el Sr. Marcos Chona plantea al Dr. Atilio Araujo, Gobernador del Estado Trujillo la necesidad de construir un centro a las afueras de Valera para la atención de los niños y adolescentes en situación de abandono y mendicidad, conciben la idea de adquirir a través de la Gobernación del Estado la Hacienda "La Carmania" para fundar un centro de atención exclusivo para niños y adolescentes de la región. Para tal fin nombraría una comisión de trabajo para gestionar todo lo necesario para la adquisición y construcción de este centro. Entre los representantes de esta comisión se encontraban el Dr. José Gil Manrique, Marchos Chona y la Sta. Aura Salas Pisani.

En el año 1948 se adquieren los terrenos y se da inicio a la construcción de la sede del "Albergue de Carmania". No obstante, la insuficiencia de recursos en las arcas de la gobernación truncó este proyecto filantrópico, viéndose en la necesidad las autoridades del momento, de transferir el futuro organismo de atención a la infancia a las autoridades del Consejo Venezolano del Niños (C.V.N), organismo gubernamental de rango nacional que venía prestando su atención desde 1936. Es en el año 1951 cuando definitivamente es inaugurado el internado con el nombre de Colonia Hogar Carmania para el ingreso exclusivo de población masculina, cambiando su nombre en 1957 de Colonia Hogar Carmania a Unidad Carmania Varones. Luego, el 1ro de Mayo de 1966 se inauguraba el Albergue de Niñas "Albertina Luchessi", en honor de quien fuera una abnegada trabajadora social y preocupada mujer sensibilizada con todos los problemas de la juventud.

 

La situación de proyección institucional del C.V.N en las comunidades empezaría a modificarse con los Proyectos de Recreación a través de los Parques de Recreación Dirigida. Es así, como en 1960 se inaugura el Parque "Juan Antonio Román Valecillos, en honor a éste insigne docente Trujillano. En 1967 se inaugura el parque de Valera, 1972 se abre en la comunidad de Pampán y en 1975 en la población de Betijoque con el nombre "Fernando Guerrero" en reconocimiento al trabajo tesonero de éste médico oriundo de tierras zulianas. Todos, como parques de recreación dirigida para el buen uso del tiempo libre de los niños y jóvenes. Las principales actividades desarrolladas por estos centros giraron en torno a las actividades deportivas, culturales y recreativas y no en vano, ya que muchos de los grandes atletas regionales y de representación nacional iniciaron sus pasos en estos espacios como semillero de la práctica disciplinada de la actividad física y deportiva. Por otro lado, en estas instalaciones de intercambio comunitario nacieron los primeros clubes y asociaciones deportivas, así como importantes grupos culturales dedicados a la práctica regular de actividades de teatro, danza, títeres, pintura y folklore. De igual manera, por mucho tiempo han servido para realizar eventos como Festivales Folklóricos, Juegos Vacacionales, Juegos Regionales, Festivales, Temporadas de ampamentos, entre otros. Otra característica significativa era la programación regular de actividades de formación y capacitación a las madres y representantes; últimamente, se incluyó el reforzamiento escolar debido a los altos índices de deserción escolar y repitencia de nuestros niños, niñas y adolescentes, situación que obligó a redimensionar los servicios prestados para atender esta demanda prioritaria a nivel nacíonal.Apartir de 1988 estos centros cambiaron su nombre de "Parques de Recreación Dirigida" por Centros de Atención Comunitaria Recreativos" privilegiando el proceso de interrelación con la comunidad.

 

En lo que respecta a los Centros de Atención Comunitaria Familiares su más lejano  ascendiente institucional está representado por el Servicio Social Trujillo, abierto al público en el año 1948 y el Servicio Social Boconó inaugurado en 1958. Este tipo de centro utilizó como estrategia de reciente data, el uso de la infraestructura de los Módulos de Servicio de Fundacomún, encontrándose entre otros el Centro de Atención Comunitaria Familiar la Floresta, San Luís y el Centro de Atención Comunitaria Trujillo, en las instalaciones del Casa Carmania. Estos centros orientaron la atención de casos relacionados con el entorno familiar, sobre todo con lo referido a situaciones como pensiones de alimentos, régimen de visitas, desavenencias familiares, maltrato familiar o escolar y orientación en problemas comunitarios.

 

En lo que respeta a la Casa del Niño Trabajador tiene su origen a nivel nacional cuando el INAM estableció el acuerdo de abrir tres (03) centros de atención para niños, niñas y adolescentes trabajadores. Este programa estaba siendo ofertado por el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y representaba un proyecto de dicho organismo validado con experiencias en países como México, Brasil, Ecuador, entre otros, quienes utilizaron una metodología de trabajo de investigación  acción desarrollado por el eminente Pedagogo Paulo Freire, el cual resalta la importancia del reconocimiento del diálogo de saberes o el reconocimiento de los saberes del otro a través de un proceso de diálogo, por lo cual toma importancia la figura del Educador de Calle quien es la persona sensibilizada, capacitada y formada para garantizar la incorporación de niños y adolescentes al programa.

 

En el año de 1988, en el Estado Trujillo la se consolida la creación de la Casa del Niño y Adolescente Trabajador en la infraestructura del Centro de Atención Comunitaria Integral Valera cuando se inicia un proceso de acercamiento y atención a la población infanto-juvenil trabajadora. En marzo de 1991 inician su trabajo con una estructura acorde con sus necesidades en un local alquilado ubicado en la Av. Bolívar. Qta. Clarita N° 17-25. Su ubicación en este municipio surge por el producto de la dinámica comercial de la ciudad de Valera, la cual utiliza en forma significativa fuerza de trabajo infantil y juvenil, al margen de los aspectos legales como trabajo informal. Así, la Casa del Niño y Adolescente Trabajador se constituye en un centro de especial importancia, dada la magnitud del trabajo infantil y juvenil en este municipio y por la necesidad de acompañar en varios ejes fundamentales a esos sectores expuestos cotidianamente a la vulneración de sus derechos.

La República Bolivariana de Venezuela transforma el ordenamiento jurídico, adaptándolo al paradigma de protección integral ajustando su legislación interna a los principios y normas contenidas en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN). Así, en abril del año 2000 pone en vigencia la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA).

A partir de esta fecha, nuestro país contrae el compromiso de brindarle atención integral a esta población, a través de la ejecución de políticas y acciones dirigidas a propiciar las condiciones necesarias para garantizarles y hacer valer sus derechos fundamentales, reconocidos por la CIDN, especificados en las categorías: Derecho de supervivencia, Derecho al desarrollo, Derecho a la protección y Derecho a la participación.

El estado Trujillo ante este marco legal vive una situación anómala, según la Oficina Central de Estadística e Información (OCEI) en esta entidad federal, existe una mayor pobreza crítica, con problemas de desempleo, subempleo, con bajos ingresos, factores que originan el deterioro del núcleo familiar. Como consecuencia de tal situación aparecen problemas de drogadicción, desnutrición, delincuencia, prostitución que destruye la estructura familiar y de manera directa afecta a los miembros más indefensos como son nuestros niños, niñas y adolescentes. Al respecto la OCEI (1999), cita una cifra de aproximadamente 10.750 niños y adolescentes en condiciones de pobreza crítica dando origen a bajo rendimiento escolar; deserción escolar y abandono por parte de sus familias de origen.

Ante esta realidad. el Gobierno Bolivariano del Estado Trujillo liderizado por el Dr. Gilmer Viloria, establece sus políticas y acciones, para brindar la atención             a los Niños; Niñas y adolescentes y sus familias, enmarcadas en el Plan de Desarrollo Económico y Socia! de la Nación 2001-2007': asumiendo el equilibrio social como una variable de peso determinante, En ese sentido, todas sus acciones estarán orientadas a eliminar los estados de exclusión e injusticia social para ir a la búsqueda del pleno desarrollo del ser humano, a través de la educación como el eje central para la formación del nuevo ciudadano y ciudadana que necesita la nueva Republica.

A fin de dar cumplimiento a estas políticas, iniciadas las gestiones pertinentes para el proceso de transferencia y conversión de los programas y servicios dependientes del servicio estadal de atención al menor (SEAM). A pesar de los múltiples obstáculos presentados logra el objetivo en el año 2005 y se crea el Servicio Autónomo de protección al niño, niña y adolescente Trujillano (SAPNNAT); transferencia a entidad de atención (Art. 673 LOPNA), por decreto Nº 235 de fecha 22 de febrero de 2005 y publicado en gaceta del estado Trujillo en fecha 7 de marzo del 2005.

Esta nueva situación jurídica obliga a la gerencia de Entidad de Atención, teniendo en cuenta el principio del interés superior del niño, a ajustar su funcionamiento a los principios establecidos en el Art.183 LOPNA y exigir competencia y eficiencia a todas las personas responsables o guardadoras, a los efectos legales de los niños, niñas y adolescentes atendidos en la institución. De igual manera, reconocida idoneidad moral, así como formación profesional y/o experiencia previa en materia de niños y adolescentes a todo el personal que labora en la entidad y a los nuevos ingresos

Así, el SAPNNAT como primera y única Entidad de Atención del Estado Trujillo, tiene y asume la obligación indeclinable e irrenunciable de adoptar todas las medidas conducentes e idóneas para lograr el goce efectivo y pleno de los derechos y garantías consagrados y reconocidos en la Ley Orgánica de Protección de Niños. Niñas y, adolescentes (LOPNA).

 
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